A- de 2012
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Trámite legislativo
- Vicio de procedimiento durante trámite de aprobación del informe de objeciones gubernamentales
- Subsanación de vicio no puede implicar la repetición del procedimiento legislativo
- Competencia de la Corte Constitucional
- Es necesario contar con mayoría absoluta
- Subsanación de vicios de procedimiento por el Congreso
- Vicio de procedimiento subsanable al no cumplir votación nominal y pública
- Vicio subsanable en la votación del informe
- Termino del Gobierno para devolver con objeciones
- Criterios para determinar si es subsanable
- Procedimiento
- Excepciones a la regla general
- Regla general en reemplazo de votación ordinaria
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Objeciones Gubernamentales al Proyecto de Ley No. 54/2010 Senado y 170/2010 Cámara, por la cual se implementa el retén social que garantiza la estabilidad laboral a grupos vulnerables y se dictan otras disposiciones.
La Corte decide devolver el expediente legislativo al Congreso de la República, para que subsane el vicio de trámite consistente en la omisión del requisito de votación nominal y pública del informe de objeciones gubernamentales en las plenarias del Senado de la República y de la Cámara de Representantes.
Para lo pertinente, se concede un plazo legal que culmina el 20 de junio de 2012.
Se dispone además, que una vez subsanado el vicio referido, se remita nuevamente el Proyecto de Ley junto con el expediente legislativo correspondiente, para que la Corporación pueda pronunciarse sobre las objeciones de inconstitucionalidad formuladas por el Gobierno Nacional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Devolver el expediente legislativo al Congreso de la Republica, relativo al Proyecto de Ley No. 54 de 2010 Senado, 170 de 2010 Camara, "por la cual se implementa el reten social, que garantiza la estabilidad laboral a grupos vulnerables y se dictan otras disposiciones", para que subsane el vicio de tramite consistente en la omision del requisito de votacion nominal y publica del informe de objeciones gubernamentales en las plenarias del Senado de la Republica y la Camara de Representantes.
- Para el cumplimiento de lo anterior, el Congreso de la Republica tiene un plazo legal que culmina el 20 de junio de 2012, fecha en la que finaliza la presente legislatura.
- Segundo. Una vez subsanado el vicio, de conformidad con el numeral anterior, el Presidente del Congreso debera remitir a la Corte Constitucional el Proyecto de Ley Proyecto de Ley No. 54 de 2010 Senado, 170 de 2010 Camara, "por la cual se implementa el reten social, que garantiza la estabilidad laboral a grupos vulnerables y se dictan otras disposiciones", junto con el expediente legislativo correspondiente, para que esta Corporacion pueda pronunciarse sobre las objeciones de inconstitucionalidad formulas por el Gobierno Nacional.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.